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TRADUCCIÓN JURADA INGLES
Puede pagar por transferencia bancaria, PayPal o en efectivo.
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Sí, le podemos dar copias gratuitas porque existe una promoción. Consulte las condiciones en la página web. Las "copias" de traducciones juradas son idénticas a originales y tienen el mismo valor.
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Nosotros las entregamos en papel timbrado por lo general aunque existe, entre los traductores jurados, gran heterogeneidad en la forma de presentar las traducciones. No existe ninguna obligación de presentarlas en papel timbrado aunque esta presentación es la preferida de muchos clientes y funcionarios. Nosotros entendemos que la impresión en papel timbrado también ofrece mayores garantías de autenticidad ya que va numerado y se asegura que nadie pueda, con posterioridad, falsificar o añadir hojas a la traducción.
En ocasiones por cuestiones de espacio, formato o la dificultad de imprimir una traducción en papel timbrado (por ejemplo, diplomas en formato horizontal, tablas, etc.) le imprimimos esta hoja u hojas en papel simple y adjuntamos, al final, la certificación impresa en papel timbrado.
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No hay ningún requisito legal al respecto (solo el de sellar y firmar al final) pero nosotros sí sellamos y firmamos todas las hojas. Preferentemente sellamos por delante la hoja y se deja un margen de unos 3 cm al final para sellar. En ocasiones, por falta de espacio, se sella en un lateral o en el reverso. Aunque en estos momentos no sea imprescindible por imperativo legal sellar todas las hojas de traducciones juradas, sí que se trata de una práctica muy extendida y, además, entendemos que confiere mayores garantías a la traducción jurada.
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Hemos estimado unos tiempos aproximados de traducción para los documentos más habituales (sin embargo, es necesario que consulte antes para ver nuestra disponibilidad). Esta tabla se la ofrecemos con un propósito meramente orientativo.
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| Tipo de traducción | Tiempo estimativo (mínimo) | |
| Traducción jurada inglés expedientes académicos de universidades españolas (certificado de notas, usualmente de 4 a 6 páginas) | Traducción jurada español a inglés | Dos o tres días (laborables) |
| Traducción jurada inglés de títulos (título de licenciado, de bachiller, másteres, etc. – por las dos caras) | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de un certificado de nacimiento | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de un certificado de antecedentes penales | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de un libro de familia | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de pasaportes, DNI y otros documentos identificativos | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de certificado de pareja de hecho | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de extractos bancarios | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de nóminas | Traducción jurada español a inglés | Uno a dos días |
| Traducción jurada inglés de contratos (desde contratos muy cortos hasta documentos de 30 páginas) | Traducción jurada español a inglés | Entre un día y una semana (en función de la extensión y complejidad) |
| Traducción jurada inglés de escrituras españolas (desde escrituras cortas de poder, etc. hasta escrituras de 40 páginas) | Traducción jurada español a inglés | Entre un día y una semana (en función de la extensión y complejidad) |
| Traducción jurada inglés de cuentas anuales o estados financieros de empresas españolas (desde modelos abreviados hasta 40 páginas) | Traducción jurada español a inglés | Tres días a una semana (en función de la extensión, tablas, etc.) |
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Tenga en cuenta siempre que una traducción jurada es mucho más que "solo poner un sello", como ya hemos dicho. Hay que traducir todo el documento, realizar consultas y búsquedas en diccionarios y bases de datos, ajustar la traducción a las normas y procedimientos propios de la traducción jurada, teclear todo el texto, dar formato al documento... ¡Además de jurarlo! Cualquiera que le diga que una traducción jurada es "solo un sello" o "lo mismo que una traducción simple pero con un sello" seguramente sea una persona con pocos conocimientos de traducción jurada, poco responsable y no experta en la materia.
Con frecuencia se compara la traducción jurada a una compulsa de documentos o una legalización (gestiones ambas que requieren de mucho menos tiempo que una traducción). En la traducción jurada, además de cotejar el documento y sellarlo, previamente hay que reproducir todo el texto en otro idioma, operación que no es tarea fácil y requiere muchos años de formación en idiomas y experiencia práctica en traducción, conocimientos extensos de la cultura y sistemas jurídicos de los países de origen y destino, etc.
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Sus documentos originales, en caso de necesitar una compulsa, los puede compulsar:
Preguntando en la administración donde le hayan facilitado el documento, ya que frecuentemente son ellos los que le pueden compulsar el documento;
En una notaría: la compulsa se realiza habitualmente por un precio que está alrededor de 4 a 5 euros por página (IVA incluido).
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Si va a presentar una traducción jurada a español en España no es necesario legalizar la firma del traductor. La traducción ya es oficial y las traducciones directas (a español) no necesita legalizarlas en el MAEC.
Sin embargo, si va a presentar la traducción en el extranjero y se trata de una traducción inversa (en nuestro caso de español a inglés), puede que tenga que legalizar la traducción (debe consultar esto con el organismo que le haya pedido la traducción jurada). Las traducciones juradas se legalizan en el Ministerio de Asuntos Exteriores con un sello de legalización.
El procedimiento es el que se establece en cada momento en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Actualmente, la dirección que contiene las normas de procedimiento es:
http://www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/CitaPreviaLegalizaciones/Paginas/Aviso.aspx.
Esta gestión:
- La puede hacer usted mismo pidiendo cita al servicio de legalizaciones del MAEC;
- La puede realizar un representante en virtud del procedimiento vigente establecido por el MAEC;
- Según una reseña aparecida en la página web de la Asociación de Traductores (Asetrad) un traductor-intérprete jurado puede compulsar sus propias traducciones (y, en su caso, los originales) a cambio de una contraprestación libremente acordada entre el traductor y el cliente.
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Esta gestión:
- La puede hacer usted mismo pidiendo cita al servicio de legalizaciones del MAEC;
- La puede realizar un representante en virtud del procedimiento vigente establecido por el MAEC;
- Según una reseña aparecida en la página web de la Asociación de Traductores (Asetrad) un traductor-intérprete jurado puede compulsar sus propias traducciones (y, en su caso, los originales) a cambio de una contraprestación libremente acordada entre el traductor y el cliente.
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Frecuentemente los clientes nos piden traducciones que cumplan con estos requisitos que no son propios de esta jurisdicción. Tenga en cuenta que en España las traducciones juradas llevan al final un texto obligatorio (la certificación jurada) y, por tanto, no se requiere affidavit (declaración jurada) para certificar que es una traducción correcta de un original: eso ya lo dice la propia certificación jurada. En cuanto a la certificación de la firma de un traductor por un notario (legitimación de firma) o la certificación notarial por exhibición de documentos no es el procedimiento habitual en España ya que nuestras firmas de traductores jurados se legalizan en el Ministerio de Asuntos Exteriores (que también puede legalizar los originales).
En otros países como Estados Unidos es habitual que el traductor (certificado, por ejemplo, por ATA – American Translators' Association – que es una asociación sectorial y no un organismo oficial) adjunte a su traducción un "affidavit" (declaración jurada, normalmente delante de los documentos) y que posteriormente legalice su firma ante un "notary public" (fedatario público). En Estados Unidos el nombramiento como notario es un procedimiento más sencillo que en España y existe un gran número de personas que pueden realizar estos trámites (unos cuatro millones, según Wikipedia) y, además, son muy económicos en comparación con los notarios de España (que son "civil-law notaries") con una formación y condiciones de acceso a la profesión muy exigentes (siendo una verdadera profesión jurídica de mucho prestigio), mayores responsabilidades y con una serie de funciones públicas de cara a la ley y la administración pública que no tienen los notarios de Estados Unidos.
En resumen, en España una traducción jurada no tiene affidavit ni certificación notarial, ya que no es necesario según el procedimiento que se sigue habitualmente en este país. Nosotros certificamos la traducción con una certificación jurada al final y, en caso de ser necesaria una legalización, legalizamos la firma del traductor en el MAEC (Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación).
El procedimiento de affidavit y certificación notarial es que se sigue en otros países pero no en España.
Presentamos un breve cuadro explicativo sobre estas diferencias a continuación:

En definitiva los procedimientos que se siguen en España se diferencian de los trámites y procedimientos a seguir en otros países.
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En definitiva los procedimientos que se siguen en España se diferencian de los trámites y procedimientos a seguir en otros países.
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El cliente tiene la responsabilidad de informarse en cada momento de las características de la traducción que necesita así como de la obligación o no de compulsar y/o legalizar originales y/o traducciones juradas. El cliente es responsable de informarse de todos los trámites y gestiones necesarios para la aceptación de su traducción.
Leon Hunter, S.L. no asume ninguna responsabilidad por la información facilitada – con carácter meramente informativo – en esta página web, que no pretende ser una información exhaustiva. Es el cliente quien, en cada momento, deberá informarse de los pasos necesarios antes de realizar cualquier encargo de traducción. Aunque nos esforzamos por ofrecer una información actualizada, la información podrá no ser actual en el momento de su consulta. Pueden existir, asimismo, errores u omisiones. Leon Hunter, S.L. no asume ninguna responsabilidad de los enlaces externos ofrecidos en esta página web.
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