Leon Hunter

Traducciones juradas para matrimonios y bodas

Traducciones juradas para matrimonios

Traducciones juradas para matrimonios

Traducciones juradas para matrimonios

¿En qué casos se necesitan traducciones juradas para matrimonios? A continuación describimos algunos escenarios comunes:

Matrimonio entre una persona extranjera y española (o de dos personas extranjeras) en España:
Traducciones: presentan normalmente su certificado de nacimiento traducido y certificado de soltería, en su caso.
Interpretaciones: en la presentación de documentación en el Registro Civil y en la ceremonia (menos frecuente).
* Matrimonios a celebrarse fuera de España:
Traducciones: pueden pedir el certificado de nacimiento traducido y a veces el certificado de fe de vida y estado.
* Matrimonios celebrados fuera de España que van a registrarse en España: por ejemplo, matrimonios en Las Vegas, Gibraltar…
* Traducciones de certificados de matrimonio para otros fines: además, es frecuente que se pida para la expedición del NIE.

Tipo de traducciones juradas para matrimonios:

Por tanto, los documentos que se piden en las traducciones juradas para estos procesos son:

  • Certificados de matrimonio;
  • Fe de vida y estado;
  • Certificado de ausencia de impedimento para contraer matrimonio («no impediment«);
  • Escrituras y acuerdos de capitulaciones matrimoniales.

Países:

Nuestros clientes de traducciones juradas para matrimonios proceden mayoritariamente de:

Para traducciones al español: India, Pakistán, Filipinas, Estados Unidos, Canadá, Australia, Reino Unido (Inglaterra, Escocia…). También son relativamente frecuentes los certificados de Las Vegas y de Gibraltar. En general, existen muchos países que expiden los certificados en inglés. Por tanto, estos certificados en inglés se traducirán juradamente del inglés al español.

Para traducciones al inglés proceden, además, de: España, Venezuela, Estados Unidos Mexicanos, Perú, Bolivia, Ecuador…

Preguntas frecuentes sobre traducciones juradas para matrimonios:

¿Certifican o compulsan ustedes el original? NO. La certificación, compulsa, testimonio, apostilla, legalización… Lo deberá realizar con las autoridades del país de origen o con un fedatario público. Por tanto, lo único que certifica el jurado es la fidelidad de la traducción. Es decir, que la traducción se corresponde con el original presentado.

¿Dan ustedes asesoría jurídica? NO. La deberá pedir a un profesional especializado (en extranjería, Derecho de Familia, etc.). Es decir, el traductor jurado no puede (ni debe) facilitar esta información.

Para cualquier otra consulta, no duden en ponerse en contacto con nosotros y estaremos encantados de atenderle.

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