Leon Hunter

Ética para traductores jurados: jurar traducciones de otros… ¿sí o no?

Ética para traductores jurados: jurar traducciones de otros... ¿sí o no?

Ética para traductores jurados: jurar traducciones de otros... ¿sí o no?

Frecuentemente se plantea el caso de jurar una traducción realizada por otra persona y, a muchos traductores jurados, nos plantea un dilema ético o nos supone una molestia por otros motivos. En este artículo tratamos de desgranar argumentos y motivos morales, éticos, económicos…

Falsificación y usurpación… ¿Qué son?

Antes de seguir (y para que no se confundan conceptos) me permito una pequeña introducción jurídica.

En este caso, no estamos hablando ni de falsificación ni de usurpación.

La falsificación de documentos públicos, documentos privados y certificados es una actividad delictiva – (arts. 390 a 399 del Código Penal). Así como la usurpación y el intrusismo (arts. 402 a 403).

Estos artículos podrían ser aplicables tanto a personas que, por ejemplo, falsifiquen un original, como a personas que falsifiquen una traducción jurada o se hagan pasar por jurado no siéndolo, y la gravedad y la pena dependerían de la valoración de un juez.

No obstante, en cuanto al encaje con el tipo penal de la usurpación y el intrusismo no hay duda alguna.

Art. 402:El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.”

Art. 402 bis:El que sin estar autorizado usare pública e indebidamente uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.”

Artículo 403: “1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.”

En este artículo no estamos hablando de nada de esoni de lejos. Y, por supuesto, ante cualquier caso de falsificación de una traducción jurada o sospecha de la misma hay que informar inmediatamente a la OIL (Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores) y, si el interesado lo ve oportuno, presentar la denuncia policial correspondiente.

Por supuesto, cualquier incidente de este tipo es muy grave y no hay que dejar de insistir en que se pueden producir casos con consecuencias serias como la admisión en el país de personas indeseables (que las puede haber) con documentos falsos. Son casos ante los que debemos estar alerta y no quitar nunca hierro al asunto, ya que en nuestro país vivimos en un ambiente de amenaza permanente.

¿A qué se refiere por “jurar traducciones de otros”?

No nos referimos a ningún acto ilegal ni de falsificación ni de usurpación sino a que un jurado que recibe una traducción que ha hecho otra persona, por ejemplo, un traductor experto pero sin el título de jurado, revise y después jure la traducción. Naturalmente, la traducción pasa a ser responsabilidad del jurado – a todos los efectos y para todas las responsabilidades que se pudieran derivar – a partir del momento que dicho jurado certifique, selle y firme la traducción. Por tanto, deberá haberla revisado muy exhaustivamente y haber hecho las modificaciones que procedan.

Podrá también querer adaptarla a su propio estilo en cuanto a lo que considera traducciones correctas o el método de presentación, dentro del marco legal, pero con las peculiaridades que cada jurado tiene.

¿Y por qué se propone?

Los motivos por lo que lo piden pueden ser variopintos, siendo algunos (tanto los confesados como los sospechados) los siguientes:

Motivo 1. Porque piensan que es más económico.

Pueden pensar que pueden hacer ellos la traducción y que es “poner un sello”. Y da igual que les argumentes que no es lo mismo una simple que una jurada, o que la jurada tiene una cierta normativa (la escrita y la no escrita, en forma de consejos y sapiencia acumulada como la que podéis encontrar en el manual de traducción jurada -nueve entregas- en este blog).

Motivo 2. Porque la ha realizado un traductor simple (de una agencia, por ejemplo) “y ahora la quieren jurada”.

En este caso, la duda que nos asalta (pensando mal) es si la agencia nos está contando la verdad. Porque bien puede ser que lo que busquen es una estrategia de ahorro. No tiene por qué ser (ni para el cliente de la agencia) que porque hayan hecho una simple, ahora les vayan a dar un descuento. Simplemente son servicios diferentes y, si la querían jurada, pues lo tendrían que haber indicado desde un primer momento. O haber indicado, en su caso, que sospechaban que igual haría falta luego jurada para que tanto la simple como la jurada se hubieran encargado a la misma persona (y, siendo uno mismo el que ha hecho la simple, pues es más fácil realizar el descuento deseado antes que lidiar con la traducción de otra persona, cuya competencia, idioma nativo y destrezas desconocemos del todo).

Motivo 3. Porque es una mala agencia y no pagaban a los traductores que les hicieron las primeras juradas y ahora tienen que buscar a otros.

Es un caso que puede ocurrir. Y aunque no lo reconozcan, pues puede ser… Ante esto, también se nos ocurre que si al primer jurado le ofrecen pagar por adelantado (y no simplemente lo ofrecen, sino que lo hacen) que poca gente se va a negar. A menos que hayan tocado mucho las narices (que también es posible).

Motivo 4. Por mala gestión o malos entendidos.

Por mala gestión de la persona que sea o un malentendido que se hayan confundido y que no supieran si era simple o jurada… Puede pasar. Y hoy en día entre el lío que tienen, los precios bajos y la poca capacidad laboral de mucha gente que trabaja en estas empresas, pues más todavía.

Ahí también se plantea el dilema ético porque si han cometido un error, pues no es culpa nuestra.

¿Y por qué un jurado podría querer no hacerlo?

Motivo 1. Porque es ofensiva la percepción de “es un sello”.

Porque resulta muy frustrante esta idea, amén de que no hay ninguna prueba de que eso sea así. Porque lo único que se deriva de la experiencia es que tanto la traducción normal como la jurada son estresantísimas y dificilísimas.

Motivo 2. Porque lleva más tiempo.

Porque, como tanta gente no tiene la pericia y la destreza, revisar algo de una persona incompetente puede llevar mucho más tiempo que hacerlo de cero. Este, diría, que es uno de los motivos principales para negarse.

Motivo 3. Porque es poco rentable.

Porque si ya de por sí está mal pagado y es difícil, pues como para meterse a experimentos de becarios o “secretarias bilingües” o gente no experta que no sabe… Lo que faltaba…

Motivo 4. Porque son campos técnicos.

Porque son campos técnicos, como el Derecho, la Medicina, la Economía… Y lleva años y años de experiencia, de cursos y de estudios llegar a una traducción decente en uno de esos campos.

Motivo 5. Porque te la pueden querer jugar.

Los particulares que quieren acceder a un visado o unos estudios, los acusados en juicio o sus representantes, las empresas que buscan algún tipo de subvención o ganar una licitación, o una autorización administrativa… Tienen todos en común una cosa y es que son partes interesadas en obtener un determinado resultado. Por eso a nadie le acaba de convencer mucho ningún tipo de propuesta de auto-traducciones o de auto-certificados, porque no.

Y no todos son tramposos, pero como hay tahúres y ventajistas en la vida siempre, pues tiene que haber garantías. Aunque no siempre sean populares o simpáticas las personas que tengan que desempeñar el rol de filtro.

Y una duda que puede surgir al jurar una traducción que no es nuestra (muy legítima) es porque quieran “colar algo” que no sea procedente. Por escasamente relevante que sea.

Consideraciones de tipo económico

En cuanto a lo económico, en otra época podría tener sentido (cuando las juradas eran mucho más caras que ahora). Sin embargo, encuentro que actualmente hay diferencias muy escasas entre el precio de una traducción y de una revisión (diferencias de dos céntimos, a veces) y, por tanto, no tiene mucho sentido ni proponerlo.

Consideraciones de tipo ético

Es una batalla en un país en el que mucha gente o es tramposa o tiene poco interés en cuestiones éticas (de poca entidad o consideradas de poca importancia) llevar la contraria… Y, por supuesto, que se puede perder dinero.

Pero se gana en dignidad y, ya que nos pagan poco, pues por lo menos vamos a hacerlo bien y de tal forma que no nos quite el sueño ni nos genere ningún tipo de dudas.

Sobre todo, hay que tener claro que nadie se puede meter en tu jurada a decirte lo que tienes que hacer, porque para eso tú eres la persona con una función (delegada) de fedatario que estás certificando que es una traducción “fiel y completa” del original.

Y así debe ser. Y, por supuesto, es siempre “fiel y completa” según el saber y entender de la persona que firma y jura y no según el criterio, ideas, percepciones o ilusiones… de otra persona que no es jurada.